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El error de salto en el tipo de retención por IRPF

Para hablar del error de salto que se produce con el algoritmo de cálculo del tipo de retención, nada mejor que un ejemplo directo, sencillo y claro y que el lector puede probar por si mismo en nuestra hoja de cálculo:

Amadeo, soltero y sin hijos, que tiene un sueldo anual bruto de 14.400,00 euros, le corresponde un tipo de retención del 8,19%, con lo que su salario anual neto se quedará en 12.306,28 euros, después de descontar retenciones y cotizaciones a la Seguridad Social.

Zenón, soltero y sin hijos, que tiene un sueldo anual bruto de 14.435,00 euros, le corresponde un tipo de retención del 9,21%, con lo que su salario anual neto se quedará en 12.188,92 euros, después de descontar retenciones y cotizaciones a la Seguridad Social.

En resumen, a Zenón, que tiene un sueldo bruto 35 euros mayor que el de Amadeo, le llegan al bolsillo 117,36 euros menos (casi 10 euros menos cada mes). ¿Es posible? ¿Se puede dar este caso en la realidad? Sí, sin duda. ¿No hay trampa? No, no la hay… o casi. Sigue leyendo.

¿Por qué se produce esta situación?

Durante el algoritmo de cálculo del tipo de retención (ver ejemplo), antes de llegar al porcentaje final definitivo, hay una operación de redondeo a número entero que produce este error de salto, con lo que una pequeña variación en las retribuciones puede provocar que el tipo de retención dé un salto de al menos un punto, tal y como ocurre en el caso de Amadeo y Zenón.

¿Y esta situación es definitiva o debería Zenón solicitar que le bajaran el sueldo? No. Ahí está la trampa. Esta situación se solventará cuando nuestros dos trabajadores hagan la declaración de la renta, cuyo cálculo no estará afectado por  ese redondeo, y liquiden su IRPF definitivo. Pero sólo entonces será cuando Zenón note en su bolsillo que gana más que Amadeo.

¿Ocurre siempre?

No, solamente cuando las matemáticas se portan de forma caprichosa. De hecho, en la mayoría de casos, los saltos en los tipos de retención entre un sueldo y otro son más suaves, por décimas y centésimas de punto.


Excel para calcular el tipo de retención IRPF 2010

Como alternativa al programa de la Agencia Tributaria, hemos construído una hoja de cálculo Excel para calcular el tipo de retención de trabajadores por cuenta ajena y que dejamos disponible para descarga.

IRPF-2010.xls

También se encuentra publicada en Economía Excel.

Si bien la hoja ha sido testeada profundamente, no nos hacemos responsables de los errores que pudiera contener ni de las consecuencias derivadas de su uso. No se recomienda un uso profesional de la misma.

Nota sobre los cálculos de la hoja:

-Las siguientes limitaciones no impiden un cálculo correcto para la inmensa mayoría de trabajadores.
-La hoja tiene limitado el número de descendientes (5) y ascendientes (2) que pueden tenerse en cuenta.
-La hoja no tiene en cuenta la reducción del 40% por rendimientos irregulares.
-Las cotizaciones a la Seguridad Social se calculan automáticamente a partir de las retribuciones, teniendo en cuenta si el contrato del trabajador es temporal o indefinido. Para ello presupone que todas las retribuciones del trabajador cotizan a la Seguridad Social.


Retribución en especie e ingreso a cuenta

Definición de retribución en especie

En la Ley de IRPF se definen las rentas en especie de la siguiente forma:

La utilización, consumo u obtención, para fines particulares, de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, aun cuando no supongan un gasto real para quien las conceda.

Algunos ejemplos de retribución en especie:

  • Vehículo de empresa cedido para uso particular del trabajador.
  • Cestas de navidad.
  • Productos de la empresa gratuitos o a precio rebajado.
  • Cesión de una vivienda para uso particular del trabajador.
  • Préstamos a tipos de interés inferior a legal del dinero.
  • Suministro de luz gratuito a los domicilios de los empleados de una compañía eléctrica.

En artículos posteriores comentaremos acerca de la especial valoración y tributación que debe hacerse de las retribuciones de este tipo.

Definición de ingreso a cuenta

Sabemos que, en general, las retribuciones dinerarias de los trabajadores están sometidas a retención y, que estas retenciones actúan como un pago anticipado del IRPF, es decir, suponen un crédito del trabajador frente a Hacienda cuando efectúe la Declaración de la Renta.

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Decimales en el tipo de retención 2010

A raíz de una consulta planteada por un lector, vamos a aclarar qué ocurre con los decimales en el tipo de retención del IRPF para este año 2010.

Hasta 2008, año en que surgió la deducción de los 400 euros, se venían aplicando tipos de retención con números enteros. Dicha deducción provocó a partir de junio de ese año, mes en que se empezó a aplicar, y también durante 2009, que los tipos de retención pasaran a tener dos decimales. En 2010, dado que la deducción de los 400 euros (o de menor importe) ha quedado únicamente para las rentas más bajas, el tipo de retención tendrá decimales para aquellos que tengan derecho a ella, mientras que el resto volverán a tener un número entero.

Más concretamente, podemos decir que un trabajador sin minusvalías, sin prolongación de la vida laboral, sin más de dos descendientes, sin movilidad geográfica, sin pensiones compensatorias,  ni rentas irregulares, y que tenga un sueldo superior a 15.645,49 euros anuales volverá a tener un tipo de retención entero, sin decimales. Por el contrario, quien gane por debajo 15.645,49 euros, continuará con un porcentaje con dos decimales (salvo que las matemáticas se porten caprichosamente).

Matizaciones:

  • Cuando durante el año se hagan regularizaciones del tipo de retención, también surgirán tipos de retención con dos decimales en cualquier nivel de renta.
  • Las rentas más bajas pueden estar excluidas de retención (variable según situación familiar, art.81 RIRPF, página 3).
  • En los contratos de duración inferior al año el tipo de retención mínimo aplicable es un 2%.

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Artículos relacionados:


Cálculo del tipo de retención IRPF 2010

Veamos un ejemplo práctico de determinación del tipo de retención para observar los cambios en el algoritmo de cálculo para 2010. Dichos cambios derivan de las recientes modificaciones del Reglamento y Ley de IRPF, y que están referidos a los mínimos excluídos de retención, la deducción del artículo 80 bis de la Ley (85 bis en el Reglamento, antiguos 400 euros) y a su incidencia en el límite de la cuota de retención.

Ejemplo práctico

Imaginemos un trabajador, con contrato indefinido, que percibe unas retribuciones anuales de 14.000 euros y sus cotizaciones anuales a la Seguridad Social ascienden a 889 euros.

El trabajador ha entregado a la empresa el modelo 145 comunicando los siguientes datos:

  • El trabajador nació en 1970.
  • Por encontrarse soltero y sin hijos está encuadrado en la situación familiar tercera.
  • Efectúa pagos por préstamos para adquisición de vivienda habitual y los ingresos de todos sus pagadores son inferiores a 33.007,20 euros.

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Regularización del tipo de retención de IRPF: Malas costumbres

Veamos ahora algunas de las malas costumbres que tienen lugar habitualmente respecto al cálculo de las retenciones y, en especial, de las regularizaciones del tipo de retención por IRPF, algunas de ellas bastante extendidas, especialmente en asesorías y gestorías, donde el trabajo a veces se acumula y, por ahorrar tiempo, hacen las cosas de la forma más sencilla posible, pero incumpliendo alguna norma del Reglamento y perjudicando en la mayoría de ocasiones a los trabajadores cuyas nóminas confeccionan:

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Ejemplo práctico de cálculo del tipo de retención IRPF 2009 (I)

La normativa actual relativa al cálculo del tipo de retención ha cambiado desde que se escribió este artículo. Para estudiar el algoritmo relativo a 2010, lea este otro artículo actualizado.

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Vamos tratar de explicar el algoritmo de cálculo del tipo de retención con un ejemplo sencillo.

Imaginemos un trabajador, con contrato indefinido, que percibe unas retribuciones anuales de 18.000 euros y sus cotizaciones anuales a la Seguridad Social ascienden a 1.143 euros.

El trabajador ha entregado a la empresa el modelo 145 comunicando los siguientes datos:

  • El trabajador nació en 1970.
  • Por encontrarse soltero y sin hijos está encuadrado en la situación familiar tercera.
  • Efectúa pagos por préstamos para adquisición de vivienda habitual y los ingresos de todos sus pagadores son inferiores a 33.007,20 euros.

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Regularización del tipo de retención de IRPF: ¿Cuándo?

El tema de la regularización de las retenciones y, en concreto, el momento de efectuarla es uno de los que mayor polémica suele provocar entre los trabajadores de las empresas. No son pocas las empresas y asesorías que regularizan únicamente en el mes de diciembre, provocando unos sustos importantes en la nómina de diciembre y en la paga extraordinaria de Navidad. Sustos que pueden llegar hasta el 43%, tipo marginal máximo.

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Regularización del tipo de retención de IRPF: concepto

En este artículo vamos a tratar de explicar, de forma sencilla y sin farragosos cálculos, en qué consiste la regularización del tipo de retención a cuenta del IRPF.

Cálculo inicial del tipo de retención

El sistema para calcular el tipo de retención inicial de cada año consiste, básicamente, en realizar, cada 1 de enero, una previsión de las retribuciones que el trabajador vaya a percibir durante el año y, teniendo en cuenta sus circunstancias personales y familiares, (comunicadas por él mediante el modelo 145) aplicar la escala del impuesto, determinando así el porcentaje de retención a practicarle durante el año en cada nómina.
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Las retenciones del IRPF: filosofía

Con la reforma del IRPF del año 1998, el sistema para calcular las retenciones de los trabajadores cambió drásticamente. Hasta ese año, se aplicaba una sencilla tabla que, sin necesidad de ningún cálculo, nos daba un porcentaje de retención en función de las retribuciones, estado civil y número de hijos del trabajador. A partir de la reforma pasamos a tener que realizar, prácticamente, la Declaración de la Renta del trabajador, lo cual dio como resultado no pocos quebraderos de cabeza a las personas encargadas de la confección de nóminas en las empresas, a las asesorías laborales y fiscales, a los programadores de las aplicaciones informáticas de nóminas y a los propios trabajadores.

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Gestión del modelo 145

Última actualización: 06-01-2010

Deber de comunicación por el trabajador

El actual sistema de retenciones del IRPF exige que el trabajador tenga que comunicar a su empresa sus circunstancias personales y familiares, con el fin de que ésta pueda calcular el tipo de retención que le debe aplicar en su nómina.

Dicha comunicación, debe realizarse según el modelo 145 aprobado a tal efecto, o mediante cualquier otro documento o formulario que se ajuste al mismo contenido, entregándose debidamente firmado antes del comienzo de cada año o, en su caso, al inicio de la relación laboral, no siendo preciso reiterar la comunicación cada año si las circunstancias personales y familiares del trabajador no han variado.
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